Plazos de defensa de la tesis doctoral para alumnos de planes de estudio de Doctorado en extinción
http://www.unizar.es/actualidad/vernoticia_ng.php?id=18965&idh=5105&pk_campaign=iunizar20140703&pk_kwd=18965
De acuerdo con la Nota informativa de la Escuela de Doctorado relativa a los plazos para la defensa de la tesis de los doctorandos de planes anteriores al RD 99/2011, disponible en http://wzar.unizar.es/servicios/docto/docs/ExtDoctAnt.pdf , incluida en la normativa de extinción de planes de doctorado que está en http://wzar.unizar.es/servicios/docto/norma/extin.html , se recuerda a todos los doctorandos implicados que existen unos plazos definidos para la defensa de su tesis doctoral.
Las fechas límite establecidas en dicha nota informativa se basan en el RD 99/2011, disposición transitoria primera, dos.
Se recuerda que, en caso de satisfacer los requisitos de acceso del RD 99/2011 (art.6), los doctorandos de planes en extinción pueden solicitar su admisión en un programa adaptado al RD 99/2011 (disposición adicional segunda del RD 99/2011). En caso de ser admitidos, en función de los criterios de admisión y de las plazas disponibles en el programa, quedarían incorporados al nuevo plan.
En dicho plan, el plazo para defender la tesis doctoral se iniciaría a partir de la admisión y se dispondría de tres años a tiempo completo o bien de cinco a tiempo parcial, según se dispone en el RD 99/2011, art. 3 http://www.boe.es/boe/dias/2011/02/10/pdfs/BOE-A-2011-2541.pdf
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